Declaración Europea del Árbol Ornamental
¢ Preámbulo
¢
La presente declaración tiene como objetivo determinar
las principales relaciones entre el individuo y el árbol ornamental
¢
¢ Artículo
1º
¢
El árbol es un ser vivo. Nace, se desarrolla y muere.
No obstante, su existencia no está a la medida de la escala humana y puede
dilatarse a lo largo de varios siglos.
¢ Artículo 2º
¢ En torno al árbol, el ser humano distingue
generalmente:
¢ El árbol del bosque que produce la madera y que le
permite refugiarse, embellecer y mejorar su confort.
¢ El árbol frutal que le alimenta.
¢ El árbol ornamental que, por sus numerosas funciones
juega un papel esencial en el equilibrio ecológico de los medios rurales y de
la ciudad.
¢ Artículo 3º
¢ Los árboles ornamentales portadores de historia y de
símbolos son los testigos de la evolución de las sociedades humanas.
Constituyen un patrimonio vivo que hemos recibido, que debemos conservar y
mejorar para transmitirlo.
¢
La perennidad de tales patrimonios, dada la
diversidad de las situaciones de orden ecológico o cultural, sólo puede
garantizarse con la elaboración de programas completos que contengan:
¢
La información a la población, el desarrollo
de la investigación, y todas las acciones de concepción, de gestión, de
mantenimiento y de enriquecimiento de estas plantaciones, con una constante
inquietud por la calidad
¢
Las autoridades municipales que son los
garantes de esta perennidad y de la transmisión de este patrimonio, deben
alentar la elaboración de tales programas a largo plazo y velar por su puesta
en marcha.
¢
Artículo 4º
¢
El reconocimiento científico del árbol
empieza a desarrollarse, pero permanece aún embrionario.
¢
Los
progresos de la ciencia en este ámbito necesitan medios técnicos, financieros y
humanos que deben asumirse por instituciones públicas o privadas, apoyadas por
las comunidades nacionales, europeas e internacionales.
¢
Artículo
5
¢
El árbol ornamental está sometido a
dificultades específicas que implican aplicarle cuidados particulares con el
fin de mantenerlo en un estado satisfactorio y asegurar la seguridad de los
usuarios.
¢
La organización y ejecución de esos trabajos,
son portadoras de una actividad económica creadora de empleo y de riqueza, que
hay que sostener.
¢ Artículo 6º
¢
Las competencias necesarias para una gestión
dinámica de tal patrimonio requieren formaciones específicas en todos los
niveles de la concepción, decisión y de la intervención.
¢
La armonización de esas formaciones debe
realizarse en el seno de la Comunidad Europea teniendo en cuenta las
singularidades culturales.
¢
La organización y ejecución de esos trabajos,
son portadoras de una actividad económica creadora de empleo y de riqueza, que
hay que sostener.
¢
Esta sensibilización debe permitir a la
ciudadanía descubrir los árboles e implicarse en la preservación de este
patrimonio.
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